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Ajuste de Criterios Básicos Generales de Funcionamiento

A partir del 3 de febrero de este año, comenzó a regir la nueva versión para los Criterios Básicos Generales de Funcionamiento del Decreto 268/20, en el que se actualizaron algunos aspectos principales y de uso frecuente que abordaremos a continuación.


Inversiones Elegibles:


Las inversiones en vehículos utilitarios camionetas y furgones, se considerarán elegibles siempre que se destinen directamente a la actividad de la empresa y cuyo valor CIF no supere los US$ 30.000. En el caso que sean eléctricos, el valor CIF no podrá superar los US$ 60.000.


Otros cambios importantes se dan con respecto a las inversiones en bienes usados y adquiridos en plaza, directa o indirectamente afectados al proceso productivo, los cuales podrán ser elegibles siempre y cuando, los mismos no fueran objeto de beneficios fiscales con anterioridad y su antigüedad no supere los 3 años desde la primera adquisición en el país.


Indicador de Descentralización:


Se presenta la nueva tabla de puntajes por departamento. En la misma a Montevideo se le asigna el puntaje mínimo de 4 puntos.


Indicador Tecnologías Limpias:


No computarán dentro del indicador de Tecnoloías Limpias las inversiones en auto elevadores eléctricos las transpaletas, apiladores eléctricos, carretillas eléctricas, entre otros similares.



Indicador sectorial Diferenciación de productos y procesos:


Se agregan al listado las siguientes certificaciones:


• BRCGS Inocuidad Alimentaria GFSI

• FSSC 22000 Inocuidad Alimentaria GFSI

• ISO -13485 Gestión de la Calidad dispositivos médicos

• ISO -28001 Gestión de la Calidad para la cadena de suministro

• ISO 14064-1 Verificación de Gases de Efecto de Invernadero en Organizaciones

• Certificación para Líneas de Trasmisión Sostenible



A su vez fueron actualizados los formularios para la presentación de los proyectos al amparo del Decreto 268/020, adaptándolos a estas y otras modificaciones no tan frecuentes y se puso a disposición la actualización del Simulador Decreto 268/020.



 

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